fbpx LIDOM presenta el Protocolo COVID-19 para temporada 2020-21

LIDOM presenta el Protocolo COVID-19 para temporada 2020-21

LIDOM anuncio conjuntamente con el Ministerio de Salud Pública dio a conocer el protocolo que se llevara a cabo para la próxima temporada del béisbol otoño invernal de la República Dominicana.

El presidente de LIDOM Vitelio Mejía, expreso que en la Liga han venido desarrollando un arduo trabajo para iniciar una temporada bajo un protocolo que controle el contagio del virus para los jugadores y todos los involucrados como personal administrativo, árbitros y miembros de la prensa.

Protocolo para manejo del Covid-19 a ser implementado en Torneo Otoño Invernal 2020-2021

  1. Antecedentes y Terminología.

POR CUANTO: La Liga de Béisbol Profesional de la República Dominicana, Inc. (LIDOM) y las seis (6) franquicias que la componen han asumido el doble compromiso de hacer sus mejores esfuerzos para la celebración del Torneo Otoño Invernal de Béisbol Profesional 2020-2021 (en lo adelante el “Torneo”, como forma de garantizar a la familia dominicana el disfrute, dentro de las limitaciones impuestas por las circunstancias, de su principal pasatiempo, el béisbol, así como cumplir con todos los requerimientos sanitarios y de prevención de cualquier naturaleza que fueren requeridos por las autoridades de salud de la República Dominicana, o pactadas por las Ligas de Invierno, incluida Lidom, con la Major League Baseball (MLB).

POR CUANTO: LIDOM ha venido trabajando estrechamente con las autoridades del gobierno dominicano, muy especialmente con el Ministerio de la Presidencia, el Ministerio Administrativo de la Presidencia, Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el Ministerio de Deportes y Recreación, el Comisionado Nacional de Béisbol, el Ministerio de Obras Públicas y el Ministerio de Defensa, para definir los requerimientos, condiciones y alcance del Protocolo COVID-19, así como los distintos roles que deberán ser asumidos por las autoridades y por cada uno de los actores que intervienen en el Torneo.

POR CUANTO: En fecha veinticuatro (24) de septiembre del año en curso, LIDOM, conjuntamente con el Comisionado de Béisbol del Caribe y las demás ligas que componen dicha entidad, convino con la oficina del Comisionado de MLB un Acuerdo complementario al Winter League Agreement (WLA) que contiene los requerimientos para el Protocolo COVID-19 y su puesta en ejecución.

POR CUANTO: El mencionado Acuerdo Complementario se anexa al presente protocolo como formando parte integral del mismo, por lo que la Liga y los equipos que la componen asumen como obligatorios los requerimientos sanitarios y demás obligaciones asumidas en dicho Acuerdo Complementario.

POR CUANTO: LIDOM y los equipos que la componen asumen frente a las autoridades del gobierno dominicano, muy especialmente el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, la obligación de cumplir con el presente protocolo y con cualquier otra medida adicional dispuesta de tiempo en tiempo por dichas autoridades, que modifiquen en cualquier sentido dicho protocolo.

POR CUANTO: En el presente documento, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social podrá ser identificado por su denominación completa, como el Ministerio de Salud o las Autoridades de Salud, indistintamente. La Liga de Béisbol Profesional de la República Dominicana, Inc., será identificada como la Liga” o Lidom, indistintamente. Los equipos que componen la Liga, Tigres del Licey, Estrellas Orientales, Leones del Escogido, Águilas Cibaeñas, Toros del Este y Gigantes del Cibao, serán identificados en conjunto como los “Equipos”, y a título particular como el “Equipo”. Finalmente, el Torneo Otoño Invernal 2020-2021, incluyendo su fase de entrenamiento, será referido en lo adelante como el “Torneo”.

  1. Protocolo COVID-19.
  2. A. Requerimientos.

a.​Medidas para la Participación Segura.

Se dispone:

i.​Previo a la participación de cada día y antes que cada parte involucrada participe en actividades grupales, Los Equipos deben evaluar si los jugadores y empleados/voluntarios que tienen contacto con los jugadores tienen fiebre de 38° Celsius o demuestran síntomas de COVID-19.

ii.​Cualquier individuo que tenga una temperatura de 38° Celsius o demuestre tener síntoma alguno de COVID-19, no debe participar en actividades de grupos y debe ser enviado a su hogar.

iii.​Todos los jugadores participando en el Torneo deben estar sujetos a la prueba diagnóstica/PCR por lo menos una vez por semana, con la frecuencia precisa determinada por su franquicia en cuestión, bajo la supervisión de la autoridad y de LIDOM.

LIDOM adopta como prueba diagnóstica la prueba PCR de hisopado, por saliva o por aliento, según sea aprobado por el Ministerio de Salud Pública.

iv.​Un jugador que de positivo a COVID-19 en algún punto durante el Torneo, debe utilizar mascarilla de manera inmediata, distanciarse de los demás (con excepción del personal médico, en caso de ser necesario) y restringirse de todas actividades fuera del hogar (con excepción del personal médico) hasta ser declarado libre. A jugadores que han dado positivo a COVID-19 se les permitirá regresar a Estados Unidos cuando se le otorgue el alta y aplicando las leyes y regulaciones necesarias.

LIDOM resuelve con carácter obligatorio que todo el personal involucrado con Los Equipos en el Torneo, deberán aplicar el uso constante y obligatorio de las mascarillas de tela del tipo que sea autorizado, aún en el caso de que no existan infectados o sospechosos de tener el virus.

v.​Si hay un reporte de un caso positivo de COVID-19, el equipo debe notificar a las personas que posiblemente han estado en contacto con el paciente para evaluar su potencial exposición y la necesidad de que se someta a una cuarentena o a algún cuidado médico adicional.

A los fines de hacer eficiente esta cláusula, cada equipo deberá hacerse autorizar de manera expresa por sus jugadores en sus respectivos contratos o por documentos separados para que cada equipo o Lidom puedan recibir directa e inmediatamente el diagnóstico positivo de cualquier jugador.

Si una persona que ha tenido contacto con el jugador positivo de COVID-19 es de su entorno familiar o de trabajo, deberá someterse de inmediato a la prueba PCR y ser confinado a cuarentena.

vi.​Los Equipos deben notificar a la Liga, y esta, a su vez, a las Autoridades de Salud y a las Organizaciones de MLB, en un período de 24 horas, si uno de sus jugadores tiene temperatura de 38° Celsius, posee algún síntoma de COVID-19 o se determina que ha estado en contacto con algún individuo que haya dado resultado positivo al virus.

vii.​Los Equipos deberán cumplir las disposiciones de las autoridades competentes en cuanto a las prohibiciones de aglomeración de personas, a los fines de garantizar las normas de distanciamiento social vigentes.

Los Equipos deberán colocar de manera obligatoria indicadores visibles de distanciamiento en todas las áreas de circulación y los medios de transporte; deberán designar una persona que vele por el fiel cumplimiento de dicha medida.

Todo jugador, coach o staff deberá evitar contactos grupales de amigos, familiares o compañeros de trabajo; y cuando fuere estrictamente necesario, observar las medidas de distanciamiento y de protección.

viii. ​En la medida de la disponibilidad, cada Equipo deberá disponer el alojamiento de su personal involucrado en los juegos, tales como: jugadores, coaches, etc., concentrándolos en un hotel que cumpla los requerimientos indicados en el presente protocolo; y en caso de no disponibilidad en la ciudad sede del Equipo, dicho Equipo deberá someter a la consideración de Lidom un plan alternativo de aislamiento con anterioridad al inicio del Torneo.

b.​Uso de Aditamentos y Utensilios de Protección Personal

Se dispone:

  1. Protectores faciales de tela autorizados y equipos de protección personal que deben ser utilizados de manera permanente para cumplir con las órdenes de las autoridades de salud de la República Dominicana y delCentro de Control y Prevención de Enfermedades (por sus siglas en inglés CDC), que establece que las personas deben utilizar mascarillas en lugares públicos y cuando están con otras personas que no convivan con ellos,especialmente cuando es difícil mantener otras medidas de distanciamiento social. Además, las mascarillas con válvulas de respiración o ventilación no deben usarse para evitar que la persona que usa mascarilla propague el COVID-19 a otras personas (control de la fuente de infección).

ii.​El personal de los equipos, incluidos jugadores, coaches, técnicos y cualesquiera otros, deberán utilizar protectores faciales en situaciones fuera de juego, incluyendo mientras se encuentren en el dugout o en el clubhouse.

iii.​Todo el personal deberá utilizar protección facial en áreas donde el distanciamiento social no es posible.

iv.​No se les requiere a los jugadores que utilicen protección facial mientras estén dentro del terreno o participando en actividades agotadores (ejercicios, práctica de bateo y actividades de acondicionamiento físico), sin embargo, pueden hacerlo si así lo prefieren o si de alguna manera u otra es solicitado por los profesionales médicos.

v.​Se debe considerar protección facial y equipos de protección personal adicionales dependiendo del rol del individuo.

c.​Utensilios Deportivos

Se dispone:

  1. ​Los utensilios deportivos (guantes, bates, cascos, equipos de receptor, etc.) no deben ser compartidos entre los jugadores, si así es posible.

ii.​En caso de que los utensilios deportivos sean manejados por múltiples individuos, se debe establecer un protocolo de cómo, y cuándo, estos utensilios deben de ser desinfectados. Se debe considerar desinfectar durante el juego (entre innings) los utensilios compartidos.

iii.​Los Jugadores y cualquier otro personal del terreno debe lavarse o desinfectarse las manos después de cada media entrada y después de manejar los utensilios deportivos o de protección personal, como cubre bocas.

LIDOM instruye a los Equipos que deben establecer con carácter de obligatoriedad un espacio en todas las áreas del estadio donde se desenvuelven jugadores, coaches y staff con la instalación de dispensarios de desinfección que contengan alcohol isopropílico y en gel.

iv.​Eliminar tocarse la cara a la hora de manejar utensilios deportivos compartidos y la pelota de béisbol.

v.​Limitar el uso continuo de pelotas sin desinfectar. Las pelotas deben ser desinfectadas en el transcurso de la práctica o sacadas de manera regular.

d.​Comidas y Bebidas

Se dispone:

i.​Prohibir el uso de agua comunal y nevera/jarras de bebidas deportivas y de esta manera promover el uso de botellas individuales de agua y bebidas deportivas.

Los Equipos deberán colocar o establecer un espacio con distancia para la colocación de las bebidas que deberán ser en botellas con la salvedad de que, al terminar su uso de única vez, sea eliminada depositándola en un zafacón destinado al efecto.

ii.​Evitar compartir vasos, botellas de agua, comida/snacks y limitar toda la comida y productos bebibles a que sean utilizados de manera individual.

iii.​Los contenedores de comida y bebidas deben ser desinfectados después de cada uso, tanto en el caso de los Equipos como en el caso de los propios jugadores si utilizaren utensilios particulares.

e.​En el Juego

Se dispone:

i.​Jugadores, personal del terreno y árbitros deben cumplirlas normas de distanciamiento social mientras sea posible, teniendo en consideración las limitantes de competencia y fundamentos de juego.

ii.​Los lanzadores, receptores, managers, coaches y trainers deberán estar tan distanciados como sea razonablemente posible, sin afectar el proceso de comunicación entre los involucrados.

En las visitas al montículo no se requerirá que los jugadores involucrados se enmascaren, ya que están en el campo de juego. Los managers, coaches y trainers, por su parte, deberán usar sus máscaras en todo momento mientras participan en las visitas al montículo y se comunicarán con los jugadores respetando el distanciamiento.

Se deberán limitar las reuniones en el plato y cuando sean necesarias, deberán ser limitadas al manager, un coach o al trainer del Equipo y el árbitro encargado, debiendo estos mantener una distancia de 6 pies entre uno y el otro.

iii.​Mientras sea posible, se debe de evitar el intercambio de documentos entre coaches y árbitros. Hay que fomentar el uso de anotación digital o intercambio de lineup digital.

iv.​A los fines de garantizar el distanciamiento, los Equipos utilizarán un área de palcos contigua a sus dugouts para colocar a los jugadores que no estén accionando en el partido y a los coaches que no estén en funcionamiento en el terreno de juego y no sea necesario su permanencia constante junto al dirigente.

De igual forma, se debe mantener el distanciamiento social en otras actividades de juego y pre-juego, como la entonación del Himno Nacional y cualquier otra ceremonia.

v.​Los jugadores de los Equipos enfrentados en cada juegono deben entre sí socializar, fraternizar o estar a una distancia menor de 6 pies, antes y después del juego, al igual que entre un episodio y otro.

vi.​Los jugadores y personal del terreno deben hacer todo el esfuerzo para evitar tocarse sus caras con las manos (aunque sea para dar señas), limpiarse el sudor con las manos, humedecerse los dedos con saliva, silbar con sus dedos, soplar en sus manos, etc.

vii.​Se deben evitar las interacciones físicas (ej. chocar las manos, golpes de puños, abrazos, apretones de manos) con sus compañeros y resto del personal.

viii.​Se prohíbe utilizar semillas de girasol, gomas de mascar y escupir en el dugout o en cualquier superficie de juego.

f.​Viajes

Se dispone:

i.​Los Equipos deben proporcionar un viaje seguro, limpio e higiénico para los jugadores afiliados desde y hacia los estadios.

ii.​Los jugadores y el staff de los Equipos no podrán utilizar transporte público, como autobuses, trenes o carros públicos, para trasladarse desde o hasta a los estadios, debiendo los Equipos garantizar su transporte mediante servicios privados en viaje compartido que cumpla los requerimientos de las autoridades dominicanas de Salud Pública y del CDC.

iii.​Al viajar, los Equipos deben asegurarse evitar cualquier parada, salvo causas justificadas, en cuyo caso se deben observar las reglas de distanciamiento y el uso de protectores faciales y cualquier desinfectante, como alcohol, gel, etc.

iv.​Al viajar, los Equipos deben asegurar que todos sus miembros estén sujetos a chequeos de temperatura, síntomas y desinfección mandatorio de las manos a la hora de entrar a los parques de béisbol, hoteles, clubhouses, aviones, autobuses, entrenamiento, y otras facilidades compartidas.

v.​Al viajar en autobús:

1.​Los Equipos deben asegurar que las compañías de transporte cumplan con los estándares mínimos de tránsito de operadoras de autobuses establecido por la autoridad nacional de salud y por el CDC.

2.​Los Equipos deben permitir a los jugadores tener un asiento vacío a su lado para mantener la distancia física apropiada.  A la hora de abordar, los asientos de ventanas deben ser ocupados primero y desembarcar de último.

LIDOM establece con carácter obligatorio que los Equipos deberán disponer el uso de las facilidades de transporte con cupo suficiente para garantizar el distanciamiento social establecido por las autoridades sanitarias.

Se recomienda el uso de dos autobuses de 60 pasajeros por Equipo. Estos autobuses deberán estar dotados de dispensarios desinfectantes y a cada jugador, coach o staff deberá tomársele la temperatura obligatoria antes de cada ingreso a los mismos.

3.​Los chóferes de autobuses y otro personal contratado para el propósito de viaje deben utilizar mascarillas y no deben manipular equipajes.

Las compañías de transporte contratadas para trasladar a los Equipos o árbitros, deberán hacerse certificar por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. como aptas para la prestación de los servicios, con las medidas sanitarias establecidas por las autoridades, y deben comprometerse por escrito a que, tanto el chofer como su ayudante se sometan a la prueba de temperatura y que los mismos deberán permanecer en el autobús con mascarillas antes y durante el trayecto del viaje.

Los Equipos deben garantizar un perímetro de seguridad para que ninguna persona distinta a los jugadores, coaches o staff tenga contacto con ellos al montarse o desmontarse del vehículo que los transporte.

vi.​Para el caso de viajes en avión, si los hubiere:

Si por alguna razón los Equipos se ven precisados a realizar viajes internos por avión, deberán utilizar viajes privados o charters y aplicarían las siguientes reglas:

a.​Los Equipos deben salir o aterrizar en aeropuertos privados pequeños, en caso de que sea posible. Cuando se viaje a través de aeropuertos privados, los Equipos deben evitar puertas de la terminal principal y rampas de abordaje público y envés tratar de viajar a través de áreas privadas, típicamente reservadas por la aviación privada, en caso de que esto fuere posible.

b.​Todos los vuelos deben ser configurados para proporcionar la cantidad necesario de asientos y filas vacías y espacio libre entre pasajeros, mientras sea posible, con asientos del medio bloqueados como requerimiento mínimo. Excepto para el uso de baños, los miembros del Equipo de viaje deben mantenerse sentados durante el vuelo.

c.​Los charters deben comprometerse a proporcionar aviones limpios e higiénicos y tripulaciones que están de acuerdo con los estándares establecidos por el CDC y FAA. Todas las superficies de altos niveles de contagios (reposabrazos, mesas y cinturones) deben de ser desinfectadas antes y después de cada vuelo. Los transportistas deben asignar asientos fijos para la tripulación, con acceso limitado a exposición de vuelos comerciales y frecuentes pruebas al Equipo de viaje. Cada miembro del Equipo de viaje debe utilizar los equipos de protección personal durante el viaje y desinfectar las superficies cada vez que tenga contacto con las mismas.

d.​En cualquier momento que un miembro del Equipo de viaje utilice los baños, este debe de utilizar un guante desechable (o si no es posible, pañuelo de papel) para tocar cualquier superficie. Las tapas de inodoro deben de ser cerradas antes de descargarlo y los miembros de viaje deben de esperar varios minutos antes de utilizar el baño entre uno y otro.

e.​Los servicios de catering durante el viaje deben ser limitados mientras sea posible para evitar puntos de contacto entre auxiliares de vuelo y miembros de la tripulación. En el caso excepcional de que fuere necesario un catering, el transportista o el Equipo deben proporcionar una bolsa pre-empacada con comida, bebida, snacks y wipes de desinfección. Utensilios de un solo uso, servilletas, platos, condimentos y toallitas para manos deben de ser proporcionadas para ser desechadas luego de cada comida. Miembros del viaje no deben comer y beber al mismo tiempo que otros en su mima fila.

vii.​Cuando se deba hacer escala con dormida:

1.​Los Equipos deben asegurar que la estadía sea solo en hoteles que cumplan con las condiciones de “Safe Stay” (Estadía Segura) elaborada por la Asociación Estadounidense de Hoteles y Alojamiento (AHLA) y con los requerimientos de las autoridades de salud de la República Dominicana, muy especialmente el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. Dichos requerimientos deberán contemplar pautas mejoradas de limpieza, comportamiento de los empleados y huéspedes, productos de protocolos de limpieza, normas de distanciamiento físico, etc. En caso de que hoteles con esa característica no estuvieren disponibles en la localidad, el Equipo deberá preferiblemente retornar a suciudad sede, y de no ser esto posible, Lidom y el Equipo se asegurarán de disponer las medidas alternativas que fueren necesarias.

2.​Los jugadores y personal del Equipo deben evitar dejar el hotel para propósitos no esenciales, no deben congregarse en áreas públicas sin permiso y deben abstenerse de utilizar el gimnasio, piscina, sauna o cualquier facilidad compartida del hotel.

3.​La distribución del personal de los Equipos en las habitaciones de los hoteles, lo mismo que el suministro de comida, deberá cumplir los requerimientos de prevención y aislamiento establecidos en el presente protocolo.

  1. Las disposiciones precedentes contenidas en el numeral vii serán aplicables en relación con el alojamiento de los Equipos en su sede.

g.​Medidas para Personas de Alto Riesgo

Se dispone:

i.​Con notificación inmediata a Lidom, los Equipos deberán identificar cualquier individuo que pueda estar expuesto a sufrir severas condiciones de salud como resultado del COVID-19, debido a la presencia de ciertas características o condiciones médicas precedentes.

ii.​Los Equipos serán responsables de implementar con su personal médico, bajo la supervisión del personal médico de Lidom y del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social,medidas adicionales para los individuos de alto riesgo.

II B. Prácticas Recomendadas Para Garantizar El Protocolo.

A los fines del cumplimiento de los requerimientos contenidos en el presente protocolo, se recomiendan las siguientes prácticas:

  1. ​Desarrollar, implementar, y hacer cumplir todos los protocolos escritos de desinfección, higiene y seguridad de la organización, que puede incluir temas como: el distanciamiento social; utilización de equipos de protección personal; desinfección y limpieza; viajes en grupo; monitoreo de síntomas y seguimiento.

b.​Aumentar la disponibilidad de lavamanos y/o estaciones de desinfección en la práctica y área de juego al igual que en áreas comunes.

c.​Hacer todo el esfuerzo posible de reducir las aglomeraciones de individuos al establecer tiempos y localidades designadas para las llegadas y salidas, pudiendo considerar el manejo por grupos de las horas de llegada y salida.

d.​Ajustar el formato de prácticas e incrementar la cantidad de tiempo entre práctica y limitar la superposición de grupos.

e.​Considerar establecer ejercicios en grupos, manteniendo el mismo grupo interactuando todo el tiempo.

f.​Limitar el número de empleados y voluntarios en las prácticas y los juegos.

g.​Para reuniones del Equipo, se debe limitar las interacciones físicas utilizando los servicios de reuniones virtuales por cualquiera de las aplicaciones disponibles: (ej. Zoom, Google Meet)

h.​Eliminar excursiones innecesarias en grupos.

III. Alcance del Presente Protocolo.

  1. ​Las disposiciones del presente protocolo pudieran ser modificadas por indicaciones del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social de la República Dominicana o de sus órganos con competencia en el tema. Igualmente, la presidencia de Lidom, por su iniciativa propia o a requerimiento de cualquiera de los Equipos, podrá introducir modificaciones al protocolo, previa aprobación del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
  2. ​En el entendido de que Lidom es compromisaria con MLB de un Acuerdo Complementario al Winter League Agreement (WLA), relativo al Protocolo COVID-19, ninguna disposición contenida en este protocolo podrá ser interpretada como derogatoria o inhabilitante de dicho Acuerdo Complementario que regirá la relación de los equipos con MLB y con los equipos de MLB, en todo lo relativo a sus jugadores y el Protocolo COVID-19.

c.​En esta misma fecha, Lidom ha oficializado sendos protocolos para el COVID-19 que serán aplicados a los árbitros que actúan en el Torneo y al personal de prensa de los Equipos, a los representantes de los medios de comunicación y comunicadores que cubren el Torneo.

  1. Régimen de Infracción y Sanción.

Cualquier violación al presente protocolo será sancionada de conformidad con el régimen disciplinario de Lidom, que, por la naturaleza del asunto de que se trata, y el perjuicio colectivo que pudiere derivarse de cualquier infracción, estará a cargo de la presidencia de la Liga, de conformidad con los Estatutos y Reglamentos de Lidom.

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Jonathan Sánchez Wessigk

Locutor 🎙📻 - 📰 Periodista Digital, Analista Deportivo ⚽️🏀🏈⚾️🎾⛳️🥊 y mercadólogo con más de 9 años de experiencia en la comunicación deportiva y en coberturas a los eventos como: LIDOM, MLB, NBA, LNB, TBS Distrito, Copa Davis, RD Open, Corales PGA Tour. Sígueme en Twitter @wessigk